En Argentina, cada vez más personas utilizan bitcoin y otras criptomonedas en su vida cotidiana. Sin embargo, hay una pregunta que muchos prefieren evitar: ¿cómo se liquida correctamente el Impuesto en Argentina las ganancias con criptomonedas?
La respuesta, en muchos casos, es incómoda: no siempre es posible hacerlo con precisión. No por falta de voluntad, sino porque el propio marco normativo presenta dificultades que, en la práctica, resultan muy difíciles de resolver.
Un problema que empieza en la definición
Desde 2018, la Ley del Impuesto a las Ganancias incluye a las “monedas digitales” dentro de los activos alcanzados. El problema es que nunca se definió claramente qué se entiende por ese término.
Pero hay un punto aún más complejo: la determinación de la fuente de la ganancia.
La normativa establece que si la ganancia es de fuente argentina se aplica una alícuota específica, mientras que si es de fuente extranjera el tratamiento es diferente. El criterio para definirlo es el domicilio del emisor.
Y ahí aparece el problema: Bitcoin es una red descentralizada, sin emisor identificable. No hay una empresa domiciliada, ni un Estado, ni una jurisdicción clara que controle su red, que está esparcida por todo el mundo. En ese vacío, la determinación queda sujeta a interpretación profesional.
El laberinto del cálculo
A las dificultades se le suma la forma en que debe calcularse la ganancia. La normativa exige aplicar el método “primero entrado, primero salido”, lo que implica reconstruir el historial completo de operaciones para cada tipo de activo.
En la práctica, esto puede significar trabajar con hojas de cálculo extensas, compilar decenas de operaciones mensuales, distintos tipos de cambio y múltiples plataformas.
Además, no solo se consideran ventas las conversiones a pesos o dólares. También se computan como operaciones gravadas los intercambios entre criptomonedas, el uso para pagos y otras formas de disposición de los activos.
Lo que en la experiencia del usuario puede ser una operación simple —como pagar un producto o intercambiar activos—, desde el punto de vista fiscal puede implicar una serie de cálculos complejos.
El caso de las tarjetas con criptomonedas
Un ejemplo claro de esta complejidad se observa en el uso de tarjetas asociadas a cuentas en criptomonedas.
Cuando una persona paga en un comercio con este tipo de tarjetas, el sistema convierte automáticamente los criptoactivos en moneda local. Para el usuario, la experiencia es similar a cualquier pago cotidiano.
Sin embargo, fiscalmente, cada una de esas transacciones constituye una venta de criptomonedas. A lo largo de un año, esto puede traducirse en cientos o incluso miles de operaciones que deberían ser registradas y analizadas.
La pregunta es inevitable: ¿cuántos contribuyentes —o incluso profesionales— están en condiciones de realizar ese cálculo con precisión?
Una brecha que exige formación
Este escenario deja en evidencia una brecha entre la normativa vigente y la realidad del uso de estas tecnologías.
Bitcoin propone un sistema abierto, global y descentralizado. El desafío es que las reglas fiscales actuales fueron pensadas para activos tradicionales, con intermediarios claros y trazabilidad más simple.
Frente a esto, el rol de los profesionales en ciencias económicas y derecho se vuelve cada vez más relevante. No solo para interpretar la normativa, sino también para desarrollar criterios que permitan aplicarla de manera razonable en contextos nuevos.
Desde mi experiencia como contador y miembro de la ONG Bitcoin Argentina, organización educativa sin fines de lucro, aconsejo que para lidiar con las dificultades de los impuestos en Argentina a las criptomonedas es importante tener en cuenta:
- El Impuesto sobre los ingresos brutos. Es importante llevar un registro ordenado de todas las transacciones realizadas, incluyendo fecha, tipo de operación (compra, venta, aire ropa, etc), cantidad y monto, entre otros conceptos.
- La inocencia fiscal, bitcoin y los criptoactivos. Es útil guardar comprobantes emitidos por exchanges descentralizados (DEX) y/o capturas de pantalla de las transacciones realizadas.
- El monotributo para tus criptomonedas. Recuerda que las permutas también son considerados ventas.
- Si declaras tus criptomonedas al costo, no al valor de mercado, es conveniente ¿o no? En caso de realizar muchas operaciones en el año, evaluar el uso de aplicaciones de control contable automatizados.
- Las ganancias “en papel” no pagan impuestos (hasta que vendés).
- ARCA ahora pide la clave pública de tu wallet de criptomonedas.
- La Ley todavía no sabe dónde está bitcoin (y eso genera caos legal).
Entender lo nuevo con herramientas adecuadas
Más allá de la complejidad técnica, lo que este escenario pone en juego es la capacidad de adaptación frente a nuevas formas de intercambio de valor.
La adopción de Bitcoin y los criptoactivos sigue creciendo. Acompañar ese proceso con marcos de comprensión adecuados y buenas prácticas es clave, no solo para cumplir con las obligaciones fiscales, sino también para reducir la incertidumbre y mejorar la calidad del asesoramiento profesional.
Porque cuando la norma no alcanza a explicar la realidad, el conocimiento se vuelve la herramienta más importante.
Descargo de responsabilidad: Los puntos de vista y opiniones expresadas en este artículo pertenecen a su autor y no necesariamente reflejan aquellas de CriptoNoticias. La opinión del autor es a título informativo y en ninguna circunstancia constituye una recomendación de inversión ni asesoría financiera.
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